jueves, 4 de febrero de 2010

RESPONSABILIDAD MÉDICA

No se cómo comenzar esta entrada. Las alternativas son
-Qué divertido es ver "HOUSE"; o
-¿Alguien lleva un caso de responsabilidad médica?

Me explico.

Cuando obtenía la graduación de Alférez De La Mejor Infantería Del Mundo en la Academia de Toledo , tuve oportunidad de coincidir con universitarios no jurídicos, y aún más exóticamente, con algún aspirante a médico. Compartir información de nuestras respectivas artes tuvo un interés relativo, pero, al menos para mi, compartir un Principio del arte de la medicina, que me fue transmitido, no lo olvido, durante una extenuante carrera continua al caluroso mediodía de un campo polvoriento, fue casi iluminador. Resulta que me cuenta el aspirino que los diagnósticos se hacen estadísticamente, esto es, que si a un paciente le da por toser, le diagnostican catarro por tres motivos: primero, por que si en 9 de 10 ocasiones la tos da catarro, ahorran 9 de cada 10 .-€ disponibles del presupuesto; segundo, porque diagnosticar otra cosa supone equivocarse y joder al paciente 9 de cada diez veces; y por fin y más importante, porque si se equivocan, es más defendible ante la demanda de responsabilidad civil decir que se aplicó el protocolo que salva 9 de cada 10 vidas, que decir que se atendió a la décima posibilidad y se falló.

He usado ese argumento defendiendo a la Administración del Estado un montón, hasta que las transferencias competenciales llevaron la defensa a los servicios jurídicos autonómicos, ignoro con qué resultado; y aún más allá,en contencioso administrativos relativos a las denegaciones de prestaciones médicas.

Una segunda iluminación: "House", y la entrada en escena del "Diagnóstico diferencial"

Aparece una unidad de diagnóstico que evalúa la posibilidad de que el caso no se ajuste a parámetros estadísticos; es más, que toma como referente, precisamente, el hecho de que el diagnóstico estadístico y el tratamiento que genera no funcionen, y responde con adecuación al caso concreto, no a la evaluación actuarial de síntomas, devolviendo, creo, la humanidad a la práctica médica, pero también, en lo que aquí afecta, aportando un nuevo factor al debate sobre la responsabilidad civil derivada de la prácica de la medicina, ya que no existe excusa estadística para el error si está disponible la herramienta del diagnóstico diferencial. O al menos no existe para el Sistema de Salud, sino sólo para el médico de asistencia o reacción primaria, trasladándose al campo del diseño de sistema, de la disponibilidad presupuestaria, etc...: si se pudo hacer una segunda evaluación ante lo exótico de la respuesta del paciente, y aún más, ... SI ERA OBLIGATORIO HACERLO A LA VISTA DE LA MASIVA EXISTENCIA DE RECURSOS ECONÓMICOS (MASIVA, SE ENTIENDE, AL REFERIRLA A UN CASO AISLADO...)

Fue siempre un axioma en España que los problemas graves de salud deben tratarse donde la sanidad no es negocio y, aún más, donde el sueldo del operaor es seguro y por tanto su único temor es la responsabilidad, por lo que no escatimará en medios.

Creo sinceramente que lo expuesto arroja un nuevo punto de vista para abordar jurídicamente los casos de responsabilidad por error médico, si no respecto del profesional, si respecto de la respuesta del sistema y, por tanto , de la responsabilidad administrativa por inadecuación en el tratamiento con resultado dañoso.

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