viernes, 30 de julio de 2010

DAVID

Acaban de despedir de su trabajo a un amigo.

Yo creo que le han hecho un favor, porque por su simple voluntad hubiera seguido anclado a una silla que no tenía futuro ni remuneración ni, como se ha visto (y pese a ser el principal motivo por el que él aguantaba las carretas y los carros, y por el que el día de antes de ser despedido acabó de trabajar a las once y media de la noche habiendo parado para comer un bocadillo), seguridad en la estabilidad de su puesto.

Posiblemente la empresa tenía sus razones, y me consta que ninguna tenía que ver con su valía. De igual modo me consta que le han hecho el favor de sacarlo de ese mal destino del que él no se atrevía a salir, para paralización de su carrera. Y por último también me consta que en este momento él no atiende a ninguna de esas dos razones, y sólo pensará en el tipo de persona que despide a otra el día en que se va a coger sus vacaciones, después de haberle tenido, con la decisión tomada, dos jornadas extenuantes de trabajo con la promesa de un bono, o la amenaza de un despido.
No se, para mi dormir por la noche es un bien escaso y precioso, y desde luego no lo arriesgaría por desafiar a la propia conciencia, a ver cuánta mierda es capaz de ignorar sin insominiarme.

Pero esta es una página jurídica, así que a ello.

Obviamente la decisión no ha considerado la crueldad del momento en que se tomaba, probablemente por insensibilidad rayana en lo patológico. Y también estará motivada por el deseo de un alivio económico para una empresa que, todo sea dicho, se ha caracterizado por aguantar el tirón sin echar a nadie. Todo escribano echa un borrón, y este es el caso.

Me interesa más lo que genera la decisión, y no lo que esta no ha tenido en cuenta, ya que lo último incorpora un componente de humanidad cuya ausencia ya se ha criticado como prólogo, pero no de Derecho.
Así, nos damos cuenta de que la oportunidad de la decisión ha debido, aún ignorando los aspectos de sufrimiento y de impertinencia temporal, inspirarse en la noticia aparecida en prensa y según la cual el jueves se aprobó la norma que en teoría va a facilitar que la indemnización por despido en caso de dificultades empresariales sea de 20 días de salario por año de servicio. Convalida un Decreto Ley que en su momento no contenía tal disposición.

No hay novedad en ese punto, ya que la reducción de 45 a 20 días en esos casos ya existía: se viene a salir al paso de la situación que en la práctica se producía, y que la imposibilitaba al no haber un marco legal con el que los jueces se decidieran a confirmar la decisión de la empresa en caso de conflicto: el 78% de los litigios en estos casos acababan con la decisión de elevar la indemnización a 45 días o considerar nulo el despido.
Con la nueva norma se pretende objetivizar la relación, marcando claramente el supuesto de hecho que permite la disminución en la indemnización y las formas de demostrarlo, para que las empresas en mala posición puedan salir de ella con esta ayuda.

Hasta ahí, yo de acuerdo. Me parece que sólo el tejido productivo genera riqueza, y que sólo su abono permitirá salir de problemas y encontrar bienestar, siempre que no se caiga en el abuso, y me parece que en el marco actual ese tejido sufre, no origina, los abusos¡¡¡

Pero ahora viene lo bueno.

¿Cómo escribo a la vez lo que me alegro de que se haya aprobado la norma, y la indignación que me produce su uso en el caso de mi amigo, por lo impertinente del momento, justo el día de irse de vacaciones, y justo al trabajador más abnegado por su busca de estabilidad, aún a costa de regalar a la empresa una capacidad que no le pagaban y de bloquear su carrera profesional?
La respuesta proviene de lo que unos denominan karma, otros justicia divina o filosófica, y aún algunos pintan con la imagen del cerdo en San Martín...

Quien ha tomado la decisión sin duda tiene buenos motivos. Pero luego ha encargado el diseño de su ejecución a un teórico experto en derecho que no sólo ha demostrado sobradamente su incompetencia perdiendo los pocos pleitos en los que ha defendido a la empresa contra demandas de trabajadores, sino que ha demostrado su desdén hacia los afectados aprovechando este día, pese a su cruel connotación....

!!!Sin duda por que ha creido que es el primero en que la ley podía aplicarse, y no ha dudado en ensañarse para ahorrar el mes de vacaciones a la empresa¡¡¡

-La decisión de reducir plantilla es indiscutible, patrimonio del empresario, y éste en especial ha demostrado su repugnancia a tomarla en vacas flacas.
-La elección de los afectados, explicable quizá, menos a ellos.
-Que la decisión no es fruto de una mala indigestión anoche, sino de un plan, creo también indiscutible, y más conociendo al Presidente y Directores de la empresa, personas de inteligencia y, creo, bondad personal razonable.
-Haberla comunicado hoy en lugar de dentro de un mes, me parece propio de una prisa que ciega y no deja ver lo cruel de la actitud, de un ejecutor que se ha dejado convencer, como algunos de nosotros profesionales del Derecho, de que nuestro deber es generar el mayor beneficio al cliente, sin importar su proporción con el daño que ello cause a otros. Yo mismo puedo actuar de ese modo, pero no sin antes evaluar la falta de proporcionalidad y comunicarsela al cliente, así como la reducción de ese teórico beneficio por causa de la litigiosidad y mala imagen que va a originar.

Sin embargo al mediocre y prepotente no se le ocurren estas cosas, y puede acabar metiendo a su cliente en un gran lío (cosas del karma, de los cerdos y de San Martín).

Siempre digo que no se puede ser abogado sin saberse de memoria la Constitución, el Código Civil y a Guasp, además de leerse el BOE todos los días. La mayoría de los "profesionales" que conozco ignoran las cuatro reglas, y hasta suelen sonreir de media comisura cuando se les recuerdan, sin duda cegados por el coche que conducen sin aplicarlas, y olvidado el miedo que antes tenían a enfrentarse analfabetos con los asuntos, tan sólo porque haya pasado un cierto tiempo sin que ello les haya dado problemas. Creen que lo que cualifica al abogado es conseguir buenos clientes, olvidando después si tenía algo que venderles.

Y ya sin más dilación: PEDAZO DE ATONTAO, QUE LAS NORMAS NO SE APLICAN POR SU APROBACIÓN, SINO POR EL TRANSCURSO DE LA VACATIO LEGIS, LA CUAL, CORTA O LARGA, SE INICIA CON LA PUBLICACIÓN (P-U-B-L-I-C-A-C-I-Ó-N, NO APROBACIÓN) EN EL BOE¡¡¡ SI CONOCIERAS EL CÓDIGO CIVIL, LO SABRÍAS, Y SI LEYERAS EL BOE, VERÍAS QUE LA NORMA NO ESTÁ PUBLICADA, LUEGO NO SE APLICARÁ AL DESPIDO COMUNICADO HOY¡¡¡

Un buen profesional liberal suele reunir dos características: piensa bien y, tarde o temprano, hace dinero. Normalmente ese escenario suele generar buenas personas (es más fácil ser bueno cuando te va bien y tienes capacidad y perspectiva que cuando tienes hambre y sólo eres capaz de analizar el ruido de tus tripas), y las buenas personas tienden a considerar las consecuencias dañinas de sus actos, decisiones o, en el caso de los prestadores de servicios, consejos al cliente, incorporando argumentos como los citados más arriba (coste de oportunidad, imagen y conflictividad).

Un mal profesional liberal suele adolecer de capacidad de almacenamiento o gestión intelectual, y suele acabar dedicándose a lo que desde el principio era su destino como conductor de bus, basurero, o aún peor, policia municipal; pero si por acumulación de relaciones hace clientes, y hasta que su ineptitud estalle, puede disfrutar de una situación económica desahogada que le haga creer que en realidad es un tipo válido. Ese es el ejemplo de abogado killer barato, que acaba perjudicando a su cliente.

Creo que este es el caso, ya que la inepcia del encargado es conocida, y la inoportunidad de su ejecución, la crueldad desdeñosa de la que ha hecho gala, y el desprecio por los afectados (les ha hecho desplazarse a la sede central, y se ha ido a tomar café; han esperado tres horas y media cruzados de brazos para oir la noticia que, imagino, adivinaban y temían), sólo puede provenir de uno de esos obcecados. Y en este caso coincide que su consejo adolece de la perspectiva que debiera, con lo que incorpora un error técnico perjudicial para el cliente, de lo que hace gala no por primera vez.

Y por cerrar el círculo poético, es que creo firmemente que ambas circunstancias no se unen por coincidencia sino por nexo de causalidad: para dar un consejo tan cruel (o ejecutar tan cruelmente una decisión, tanto da) hay que ser malo y para ser malo hay que ser tonto, y los tontos, en general, no suelen dar buenos consejos.

Buenas noches, David, y enhorabuena. Como digo siempre, a los más fuertes sólo intentan pegarles los tontos, y a los más débiles, los malos. Por tanto se ha de sustituir la pegada por la construcción de la inteligencia y la fortaleza, de modo que asegures el éxito, bien por que no te pegarán, bien porque el que lo intente será tonto y fracasará.

Dedícate a construirte, y observa como los (tachado por orden de la autoridad competente) van directos al matadero, y a diferencia de los cerdos, van convencidos de que siguen el camino correcto, cuando sólo es el que en su idiotez se han procurado.

Y si alguien necesita un urbanista y, aún más, un experto en procedimientos en los que el ADIF esté al otro lado de la mesa, .... pues ya sabe donde nos tiene¡¡¡

jueves, 29 de julio de 2010

AVISO A NAVEGANTES

No es mi intención apestar a nadie con una de esas reseñas periódicas que resumen el BOE para vagos, y a mayor publicidad del blogger, que cree que así atrae clientela, cuando lo único que hace es enojar a los compañeros.
Ni creo en el valor añadido del servicio, ni me merece su fin publicitario un buen calificativo.

Sin embargo, dos novedades han de ser difundidas, como mínimo porque la lectura diaría del BOE (ejercicio, lo se, poco practicado entre mis colegas de profesión, en intensidad sólo comparable a la lectura, ...y ahí no me atrevo a restringir diciendo "jurídica") me ha otorgado ventajas sobre contrincantes en el pasado reciente, a la vista de lo tremendo de lo publicado, y del correlativo desprecio hacia su conocimiento por los que se suponen operadores de tal técnica.

Los que me conocen anticipan que no voy a dar ni el pez ni la caña.

Pero es que recientemente se ha modificado el Código Penal con gran trascendencia respecto de los delitos económicos (para empezar, equiparando el régimen de las subvenciones al de los impuestos) ; y se ha borrado de un plumazo toda la legislación societaria...
Me causa sonrojo pensar, ya que nadie ha dado acuse de recibo, en la multitud de ocasiones en que se habrá citado en estos últimos días la LSA, LSRL, o CCom. y admitida la cita en sede judicial...¡¡¡ Y lo que acaecerá cuando llegue al común esta información, y haya de desfacerse el entuerto¡¡¡

En cuanto al primer asunto, me ilustra acerca de la ignorancia el sucedido con un cliente americano que cuenta para sus pleitos con el Magno Bufete xxxxxxxxxxx, y que avisado por quien suscribe ha consultado, encontrándose de bruces con el desconocimiento de la novedad, al punto de tener que enviarles él el Hyperlink del BOE¡¡¡¡

En cuanto al segundo, múltiples chascarrillos podría..., pero creo (temo) que el inexistente lector de este blog encontrará en si mismo el ejemplo bastante.

Coño, amigos y "compañeros"... ¡¡¡ Si queréis vivir de esto, y aún forraros, no es posible

a) no saberse de memoria el Código Civil
b) no leer el BOE a diario; y
c) no manejar con fluidez a Guasp...

Lo demás vendrá por añadidura, y dependerá de la especialidad de cada uno, pero no saberse el Código Civil inhabilita para el ejercicio del derecho en cualquier rama, desde la penal a la militar¡¡¡

Buena noche a los cofrades, a los clientes y a los analfabetos funcionales

sábado, 24 de julio de 2010

THIS NEWS, GOOD NEWS

A mis amigos que son pocos, a mis enemigos que son muchos, a los que siguen este Blog que no son ninguno:

ESTOY EMBARAZADO¡¡¡¡ Y se llamará Rafael.

Diana y yo.