jueves, 4 de febrero de 2010

UNA EXPERIENCIA CONCURSAL

Pienso desde hace mucho, desde el principio de la crisis económica que sufrimos, que la responsabilidad de su azote es, precisamente, de los mismos que se han beneficiado en origen de sus causas.
Me explico: creo, y explicaré después porqué, que la falta de liquidez es la causa de la crisis, y que los encargados de suministrarla, los que por tanto originan por su "huelga" que la sufra el poblado económico, esto es, los bancos (así, con minúscula, en masculino plural, sin neutro exculpatorio del tipo "Banca" o similares) han disfrutado en el pasado del beneficio de prácticas irresponsables que alimentaron una situación que les benefició enormemente, al no evaluar correctamente los riesgos con el propósito de engrosar el volumen de negocio que rendía, por mera aplicación de márgenes cuantitativos, un rédito brutal.

Eso sí, cuando el fallo del sistema se produce, esto es, cuando los receptores de sus servicios, los que utilizaban el dinero prestado, comenzaron a fallar, no se produjo el efecto sinalagmático: el interés aplicado no enjugó el riesgo corrido, sino que se quedó en la caja, y la reacción no fue seguir adelante, sino parar. Donde se daban créditos a buenos y malos, se dejó de dar créditos a todos.
El colapso estaba servido, pero inmediatamente quedó claro que se jugAba con pólvora ajena, en concreto con pólvora del Rey, y que hasta resultaba rentable: el dañado por el cese del crédito no era el banco, sino el poblado económico, ya que al cerrarse el flujo de liquidez, los efectos generaban al banco la adquisición por vía ejecutiva de la propiedad de sus clientes, no sólo de los riesgosos, sino de los que con sus servicios eran viables y dejaron de serlo al dejar de recibirlos.

Es como si una compañía aerea se anuncia para transportar terroristas suicidas, y al cometerse los primeros atentados, procede a cesar en sus vuelos reteniendo, eso sí, los equipajes de los pasajeros ya facturados.
Como si las compañías eléctricas, que no investigan la capacidad de pago de los sujetos que contratan el suministro, proceden, ante los primeros impagos, a cortar la luz a todos los que no acrediten poder pagar el servicio, con sus disponibilidades presentes de, digamos, los próximos cuarenta años (¿A que suena el plazo?)

A todo esto, a cualquiera le resulta obvio que podemos seguir sacando ejemplos ad nauseam si hemos comprendido la esencia del problema: la actividad bancaria es de servicio público, y como tal no puede adolecer de ciertos controles que impidan decisiones propias de una tienda de ultramarinos o una tintorería, ya que el efecto de esas decisiones puede dar a quienes las toman parcelas de soberanía que el pueblo no quiere ceder, y por tanto no pueden aprovechar las reglas que el pueblo ha estaablecido democráticamente para su propio beneficio; corrijo: si, para su propio beneficio, pero siempre que no perjudiquen al pueblo.
La reacción ha de ser la de una respuesta legal. No se soluciona con la inseguridad jurídica, ya que no se trata de actuar a la venezolana, y cambiar las reglas del juego a la mitad del partido, sino de aplicarlas: el Banco Central alimenta la disponibilidad de líquido de loa bancos, por lo que basta en que intervenga el destino que estos le dan , y niegue que se use en comprar deuda pública a un interés superior al de la cesión, por ejemplo, para que ese líquido retorne al tráfico económico. Al banco que le guste, que vuelva a dar crédito, y al que no, pues que se dedique a otras actividades con sus dividendos, en lugar de de los dineros procedentes del banco central.

No minimicemos el efecto del crédito en la economía, ni caigamos en la falacia argumental de los bancos que dicen que si no se puede pagar el crédito no ha de pedirse: el crédito puede pagarse si subsisten las condiciones financieras en las que se concedió, y si no, insisto, es como si la compañía de la luz nos pide en garantía de sus servicios nuestras propiedades, y luego corta el suministro en la ciudad: los que no pueden trabajar con ordenadores no pagan, y los que no cobran no pagan aunque no necesiten el suministro de luz, y todo acaba en manos de la compañía suministradora... El Estado retiene estos servicios para que no se produzca este efecto nefando, y si los cede (como cuando el dinero que emite se cede a empresas que lo distribuyen), ha de controlar que nadie se aprovecha de la situación.

Una historieta que me contaron:
"Un señor va a reservar una habitación de hotel por la que le piden 100.- €, y quiere verla antes. En recepción le piden, para verla, que los deposite, lo que hace y sube a realizar la comprobación. Mientras la realiza, el dueño del hotel paga al carnicero con esos cien y el carnicero a su proveedor, el cual también paga a una señorita que le prestó "ciertos servicios" dejando a deber la habitación del hotel que se apresura a pagar justo antes de que el cliente decida que no quiere la habitación y recoja su dinero, sin saber que ha contribuido al abonno de 400.- € de deudas."

Es claro que la financiación no es un servicio teórico, y que su privación asesina la economía, y que el beneficiario es el que deja de prestarla porque se queda con la propiedad que garantizaba los créditos; y es aún más sangrante el hecho de que la justificación invocada sea la morosidad, que no es otra cosa que un mal análisis de riesgos que además de ser culpa únicamente del banco, de seguir generando el efecto que hasta ahora, perjudica incluso a los que pidieron créditos cuyo riesgo estaba bien analizado. Siempre en beneficio del banco.
Habrá que suponer que la falta de reacción administrativa, que es la solución al problema, se hubiera producido ya en cualquier otro sector estratégico, tendrá algo que ver con la condonación de deudas por los bancos a partidos políticos en el poder, que para mayor escarnio, se contrajeron para sufragar lujos de sus dirigentes, que ahora están maniatados para immpedir la tragedia y el filibusterismo resultante.

¿Porqué llamo a esto "experiencia concursal"? Bien, porque si lo descrito destruye el tejido empresarial, la vía procesal es la Ley concursal, y esta mañana he tenido la siguiente experiencia con un banco, que ilustra hasta qué punto se extiende esa codicia malsana y corruptora del sistema.

Admninistro una inmobiliaria concursada ya en liquidación, y por tanto, con las facultades de sus dueños sustituidas por ministerio de la ley que todo el mundo, y más aún los bancos, conoce.

Casi milagrosamente, después de un año de trabajar gratis et amore, entra dinero en la concursada (una devolución de Hacienda, que también tiene su miga, porque igual no habría concurso si se hubiera realizado en su momento,...), y voy al banco donde se recibe, registro firma y credenciales de dos de los tres adminisrtadores tras horas de problemas, y al fin, realizo ciertos pagos; entre ellos, el de nuestras minutas, adeudadas desde hace nueve meses.

Dos meses después, esta mañana, vuelvo al banco con el tercer administrador para registrar su firma y hacer más pagos. Lo siguiente, procuraré describirlo sin comentarios, ad majorem gloriam dei:

"Buenos días, venimos a realizar tal gestión.- Se registra la firma del tercer administrador-

-Gracias; mire, ahora quremos realizar estos pagos
-Bien, hace falta la firma de los tres administradores
-No, verá, es un órgano colegiado, y vale la firma de dos de tres, pero es que además son los mismos pagos que aceptaron hacer hace dos meses con dos firmas...¡¡¡
-Bien consultaré al interventor.-Quince minutos-
...

-Está bien, bastan dos de tres firmas, pero también se necesita la del administrador de la empresa.
-No, verá, es que está en liquidación por lo que por auto judicial del que ya disponen, la administración se traslada del dueño de la empresa a los administradores concursales, esto es, nosotros, pero es que además son los mismos pagos que aceptaron hacer hace dos meses con nuestras solas firmas...¡¡¡
-Bien consultaré al interventor.-Quince minutos-
...

-Está bien , pero el pago no es posible, no hay saldo bastante.
-No puede ser, el mes pasado se ingresó una cantidad grande de dinero de la que no se ha dispuesto.
-Si, pero aparecen en el sistema incumplimientos de la concursada para con el banco.
-No, verá, es que esto es un concurso y los acreedores no anticipan sus cobros, sino que reciben lo que reste al liquidar a prorrata de lo que haya y en función de la clasificación de sus créditos...
-Bien consultaré al interventor.-Quince minutos-
NO; PERDONE; NADA DE ESO¡¡¡ O HACE LAS TRANSFERENCIAS AHORA MISMO O VOLVEMOS CON MANDATO JUDICIAL Y ACUSACIÓN POR APROPIACIÓN INDEBIDA¡¡¡¡"

Observará el agudo observador el comportamiento del banco cuya negación de liquidez crediticia causó el concurso.

Me recuerda una definición policial del robo con vilolencia callejero , denominando "rapiña" a ese delito que ponía en riesgo la vida de la víctima para la obtención de dos mil pesetas y un bonobus por el delincuente navaja en ristre y urgido por la abstinencia de droga. Enorme riesgo y daño para obtener un beneficio casi ridículo...

RESPONSABILIDAD MÉDICA

No se cómo comenzar esta entrada. Las alternativas son
-Qué divertido es ver "HOUSE"; o
-¿Alguien lleva un caso de responsabilidad médica?

Me explico.

Cuando obtenía la graduación de Alférez De La Mejor Infantería Del Mundo en la Academia de Toledo , tuve oportunidad de coincidir con universitarios no jurídicos, y aún más exóticamente, con algún aspirante a médico. Compartir información de nuestras respectivas artes tuvo un interés relativo, pero, al menos para mi, compartir un Principio del arte de la medicina, que me fue transmitido, no lo olvido, durante una extenuante carrera continua al caluroso mediodía de un campo polvoriento, fue casi iluminador. Resulta que me cuenta el aspirino que los diagnósticos se hacen estadísticamente, esto es, que si a un paciente le da por toser, le diagnostican catarro por tres motivos: primero, por que si en 9 de 10 ocasiones la tos da catarro, ahorran 9 de cada 10 .-€ disponibles del presupuesto; segundo, porque diagnosticar otra cosa supone equivocarse y joder al paciente 9 de cada diez veces; y por fin y más importante, porque si se equivocan, es más defendible ante la demanda de responsabilidad civil decir que se aplicó el protocolo que salva 9 de cada 10 vidas, que decir que se atendió a la décima posibilidad y se falló.

He usado ese argumento defendiendo a la Administración del Estado un montón, hasta que las transferencias competenciales llevaron la defensa a los servicios jurídicos autonómicos, ignoro con qué resultado; y aún más allá,en contencioso administrativos relativos a las denegaciones de prestaciones médicas.

Una segunda iluminación: "House", y la entrada en escena del "Diagnóstico diferencial"

Aparece una unidad de diagnóstico que evalúa la posibilidad de que el caso no se ajuste a parámetros estadísticos; es más, que toma como referente, precisamente, el hecho de que el diagnóstico estadístico y el tratamiento que genera no funcionen, y responde con adecuación al caso concreto, no a la evaluación actuarial de síntomas, devolviendo, creo, la humanidad a la práctica médica, pero también, en lo que aquí afecta, aportando un nuevo factor al debate sobre la responsabilidad civil derivada de la prácica de la medicina, ya que no existe excusa estadística para el error si está disponible la herramienta del diagnóstico diferencial. O al menos no existe para el Sistema de Salud, sino sólo para el médico de asistencia o reacción primaria, trasladándose al campo del diseño de sistema, de la disponibilidad presupuestaria, etc...: si se pudo hacer una segunda evaluación ante lo exótico de la respuesta del paciente, y aún más, ... SI ERA OBLIGATORIO HACERLO A LA VISTA DE LA MASIVA EXISTENCIA DE RECURSOS ECONÓMICOS (MASIVA, SE ENTIENDE, AL REFERIRLA A UN CASO AISLADO...)

Fue siempre un axioma en España que los problemas graves de salud deben tratarse donde la sanidad no es negocio y, aún más, donde el sueldo del operaor es seguro y por tanto su único temor es la responsabilidad, por lo que no escatimará en medios.

Creo sinceramente que lo expuesto arroja un nuevo punto de vista para abordar jurídicamente los casos de responsabilidad por error médico, si no respecto del profesional, si respecto de la respuesta del sistema y, por tanto , de la responsabilidad administrativa por inadecuación en el tratamiento con resultado dañoso.